Estos medios de participación ciudadana permiten que el ciudadano, tanto en individualidades, como en grupos, puedan ver resueltos problemas que les aquejan; por ejemplo, a través de programas de reciclaje de desechos sólidos (basura) se pueden disminuir los niveles de contaminación ambiental con aumento en ingresos para invertirlos en espacios comunitarios. Como su nombre lo indica la autogestión es cuando, de forma individual o la comunidad, directamente lleva a cabo alguna actividad (dentro de las competencias del municipio) que redunde en mejorar la calidad de vida de forma integrada sin que afecte negativamente en su entorno. Todo ello en cooperación con las entidades locales. Ambos se benefician porque se cumplen los objetivos trazados en la planificación dentro de algún programa de atención pública. Por su parte, la cogestión, involucra pluralidad de sujetos participando activamente en la realización de actividades con resultado positivo, tanto para el nivel local como para los ciudadanos que (organizadamente) deciden cooperar en pro del beneficio colectivo.
Se hacía mención en el primer párrafo de estas líneas acerca del reciclaje, porque existen experiencias donde la unión del gobierno local-ciudadanos-empresa ha reducido en porcentajes significativos, desechos y otras formas de contaminación con el añadido que obtienen recursos financieros directos en sus comunidades que (también por su cuenta o en conjunto con autoridades) realizan actividades, tales como rescate de espacios públicos, adquisición de equipos para escuelas o centros de salud, por ejemplo, mejorando los niveles de vida. Aparejan la noción de asumir directa o conjuntamente con el Municipio, según los casos, la ejecución, evaluación y control de una obra y la prestación de un servicio público, con sus propios recursos o con aportes del sector público o privado, previa demostración de su capacidad para asumirlos.
La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 2010) recoge dentro del elenco de medios de participación ciudadana a la autogestión y cogestión. En idéntico sentido, está la Ley Orgánica de Consejos Comunales (2009) al prever los comités de trabajo donde se articula con las autoridades para llevar a cabo actividades diversas, así como el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Transferencia de Competencias, Servicios y otras atribuciones (LOGCTSCS, 2012), que persigue establecer los mecanismos de gestión comunitaria y comunal de servicios, tales como salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. Impulsar la creación de empresas comunales y otras formas asociativas tendentes a la producción social. Sobre este particular, la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP, 2008) establece normas donde se hace alusión a la actividad concertada con las autoridades y comunidades. También puede ubicarse aquí a la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (LOCFG, 2010), por cuanto hay procedimientos para la realización de diversas tareas con o por los habitantes organizadamente. Sin embargo, es en las ordenanzas municipales donde el nivel local regula (al detalle) cómo es posible esa participación individual o agrupadamente. Uno de los aspectos que pocas veces se relacionan es que sirve de germen para el emprendimiento, bien sea en sociedad como singularmente. En lo atinente al municipio siempre conservará la posibilidad de supervisar o de dejar sin efecto el instrumento donde se acordó la asunción por la comunidad de la actividad, puesto que lo perseguido es aumentar el nivel de excelencia, participación e involucrar a los ciudadanos en la gestión pública, no solamente como receptor beneficiario de ella.
En el Municipio que Nos Merecemos, la unión entre las comunidades y los nuestros administradores (ejecutivos o legislativos) es una prioridad, donde debemos enfocar en solucionar problemas puntuales de servicios públicos y también sobre cómo desarrollar emprendimientos locales, para generarle ingresos a las comunidades para sus propias necesidades, las cuales pueden ser desde mejoras en sus viviendas, como también, en construcción de espacios para generar mejor calidad de vida de los emprendedores de estos proyectos. Un proyecto que se puede desarrollar ya fue propuesto en este blog y se encuentra disponible en https://elmunicipio.wixsite.com/blog/single-post/planta-de-transformaci%C3%B3n-de-residuos-s%C3%B3lidos-en-materiales-de-construcci%C3%B3n-alternativos donde se propone llevar a cabo una planta de procesamiento de los residuos sólidos urbanos y transformarlos en materiales alternativos de construcción, estos ya evaluados y certificados teóricamente por el Laboratorio de Sostenibilidad & Ecodiseño ULA-UPV.
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